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Adónde va el impuesto a los juegos: qué financia la recaudación del sector en línea

El tributo del 1 % sobre cada apuesta se administra por SUNAT y su recaudación alimenta el financiamiento del Estado, incluida la prevención y sensibilización del propio sector.

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Dos manos sosteniendo monedas
Fotografía de contexto: distribución de fondos, para temas de destino del impuesto al juego. Foto: Towfiqu barbhuiya / Pexels
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LA IDEA PRINCIPAL

El impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas —1 % sobre el valor de cada apuesta, a cargo del explotador— lo administra SUNAT. Su recaudación se integra al financiamiento público, mientras la normativa del sector destina una fracción de lo recaudado por el juego a acciones de prevención y sensibilización.

El impuesto a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas —creado por la Ley N.° 31557, con una alícuota del 1 % sobre el valor de cada apuesta o juego— lo administra SUNAT como tributo nacional. El contribuyente es el explotador de la actividad, no el usuario.

El circuito de la recaudación

La recaudación sigue el circuito ordinario de los tributos administrados por SUNAT: el operador declara y paga el impuesto sobre el valor de cada apuesta o juego, y la recaudación se integra al financiamiento del Estado. Junto a él opera el ISC del 1 % incorporado por la Ley N.° 31806 — con alcance también sobre plataformas extranjeras — de modo que el sector en línea tributa por dos figuras separadas.

La fracción que vuelve al sector

La normativa del sector cierra el círculo con la prevención: una fracción de lo recaudado por el juego financia las acciones de prevención y sensibilización sobre los efectos del juego que administra el Mincetur — la labor cuyo alcance la DGJCMT reporta en su página de ludopatía. Es la pieza que convierte el impuesto en política de protección y no solo en recaudación.

El diseño tiene lógica: el sector que genera el riesgo financia la mitigación. Las campañas de sensibilización, la atención a grupos vulnerables prevista por el artículo 3-b de la Ley N.° 27153 y el registro de personas prohibidas forman el paquete de protección que esa financiación sostiene.

Los tributos del sector y su destino
TributoAlícuotaAdministración
Impuesto a los juegos1 % del valor de cada apuesta o juegoSUNAT — a cargo del explotador
ISC del sector en línea1 % del valor de las apuestasSUNAT — incluye plataformas extranjeras con usuarios en el Perú
PrevenciónFracción de la recaudación del sectorAcciones de sensibilización del Mincetur
Según la orientación de SUNAT y la normativa del sector.

El hecho imponible es lo que distingue al impuesto de otros tributos del sector: grava cada apuesta o juego por su valor, no la ganancia del operador ni el resultado del período. Cada unidad apostada genera el tributo al momento de la apuesta misma.

La administración por SUNAT implica que el tributo entra al sistema tributario ordinario: declaración, pago y fiscalización tributaria por la misma entidad que administra los demás impuestos nacionales. El sector juego tributa, desde 2022, dentro del cauce general del sistema.

Fuentes y documentos

  1. Impuesto a los juegos — SUNAT ↗

    SUNAT · Consulta: 6 oct. 2026

    Guía de orientación tributaria de SUNAT sobre el impuesto a los juegos, incluido el tramo aplicable a juegos a distancia y apuestas deportivas.

  2. Ludopatía — Registro de personas prohibidas de acceder al juego ↗

    Mincetur — DGJCMT · Consulta: 6 oct. 2026

    Página institucional de la DGJCMT sobre la Ley N.° 29907, su reglamento y los formularios de inscripción.

  3. Ley N.° 31557 — texto oficial publicado por El Peruano ↗

    Diario Oficial El Peruano · Consulta: 6 oct. 2026

    Texto íntegro de la Ley N.° 31557 publicado en el portal de la DGJCMT.

Este material se preparó con asistencia de IA. La revisión humana indicada arriba corresponde a esta versión.

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