El impuesto a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia es un tributo creado por la Ley N.° 31557, administrado por SUNAT, que grava cada apuesta o juego realizado en las plataformas del sector con una alícuota del 1 %. Es un tributo de reciente creación, parte del paquete que formalizó el juego en línea en el Perú. Es un tributo de reciente creación: la ley que lo establece entró en vigencia en 2022 como parte del paquete que formalizó el juego en línea en el Perú.
Es un tributo de reciente creación: la ley que lo establece entró en vigencia en 2022 como parte del paquete que formalizó el juego en línea en el Perú, y su administración corre a cargo de la entidad que gestiona los tributos nacionales del país. en el sistema tributario peruano.
Cómo se calcula
La base del impuesto es el valor de cada apuesta o juego, no el saldo del usuario ni las ganancias del periodo. Aplicada una alícuota del 1 %, cada unidad apostada genera un tributo directo sobre el monto comprometido, a cargo del contribuyente que explota la actividad —el titular de la autorización— y no del usuario.
En la práctica, el tributo recae sobre el operador: el usuario no lo declara ni lo paga directamente; la obligación la asume quien explota la actividad de juegos o apuestas a distancia, que declara y paga el impuesto conforme al régimen que SUNAT administra.
| Concepto | Contenido |
|---|---|
| Hecho imponible | Cada apuesta o juego a distancia |
| Alícuota | 1 % del valor de la apuesta o juego |
| Contribuyente | El titular que explota la actividad |
| Administración | SUNAT |
Su lugar en el sistema
El impuesto convive con el resto del marco que la ley creó para el sector —autorización, homologación de plataformas, reportería técnica— y su administración por SUNAT lo integra al régimen general de tributos del país, con las obligaciones de declaración y pago propias de los tributos administrados por la entidad. La declaración y el pago del tributo se rigen por los formularios y plazos que la propia entidad administra. La declaración y el pago del tributo se rigen por los formularios y plazos que la propia entidad administra. La declaración y el pago del tributo se rigen por los formularios y plazos que la propia entidad administra.
A la vez, no debe confundirse con el Impuesto Selectivo al Consumo incorporado por la Ley N.° 31806 —otro tributo del 1 % sobre el valor de las apuestas que alcanza también a las plataformas extranjeras que atienden a usuarios domiciliados en el Perú. Son dos gravámenes distintos sobre el mismo sector.