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Guía · Perú · 2 min de lectura

Homologación de una plataforma tecnológica: qué significa el trámite que dura dos años

Es la autorización y registro del proveedor de la plataforma ante la DGJCMT; vence a los dos años calendario y la renovación debe pedirse con al menos dos meses de anticipación.

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Documento con sello de aprobación sobre un escritorio
Fotografía de contexto: un certificado o aprobación, para temas de homologación. No corresponde a un documento oficial. Foto: Kevin Malik / Pexels
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LA IDEA PRINCIPAL

La homologación es la autorización y el registro de una plataforma tecnológica ante la DGJCMT para proveer servicios a los juegos y apuestas a distancia. Tiene vigencia de dos años calendario y su renovación exige iniciar el procedimiento N.° 58 del TUPA al menos dos meses antes del vencimiento.

En el régimen de la Ley N.° 31557, la plataforma tecnológica —el proveedor del software y de la infraestructura sobre la que operan los juegos y las apuestas— no se autoriza de manera genérica: se homologa, es decir, se registra y autoriza formalmente ante la DGJCMT. Es la vía por la que el regulador habilita a los proveedores de servicios vinculados, distinta de la autorización de explotación que recibe el titular.

Cómo funciona el ciclo

La autorización y el registro tienen una vigencia de dos años calendario, renovables por igual período. Para renovar, el artículo 33.1 del Reglamento exige iniciar el procedimiento N.° 58 del TUPA del Mincetur con una anticipación no menor de dos meses al vencimiento —el plazo que la norma fija para que el trámite concluya antes de que caduque la homologación.

El Oficio Circular N.° 004-2026-MINCETUR/VMT/DGJCMT, emitido en febrero de 2026, recordó a los proveedores esa obligación y precisó que, vencido el plazo sin haberse iniciado la renovación, la autorización y el registro pierden vigencia — un punto relevante porque las primeras homologaciones masivas otorgadas tras la formalización de 2024 comienzan a cumplir su primer bienio durante 2026.

Qué se registra

El Registro de Plataformas Tecnológicas del portal oficial es público y permite consultar qué plataformas cuentan con homologación vigente, con sus fechas y estados. Es la referencia que usan tanto los titulares de autorización —que deben operar con plataformas homologadas— como quien verifica la legalidad de un sitio. Es también la pieza que permite a los titulares comprobar que su proveedor sigue habilitado para operar.

Fuentes y documentos

  1. Registro de plataformas tecnológicas autorizadas ↗

    Mincetur · DGJCMT · Consulta: 4 oct. 2026

    Registro público del portal de la DGJCMT con las plataformas tecnológicas cuya homologación está vigente.

  2. Oficio Circular N.° 004-2026-MINCETUR/VMT/DGJCMT — Renovación de homologación de Plataformas Tecnológicas ↗

    Mincetur · DGJCMT · Consulta: 4 oct. 2026

    Oficio circular del 19 de febrero de 2026 dirigido a proveedores de servicios vinculados; texto oficial del portal de la DGJCMT.

Este material se preparó con asistencia de IA. La revisión humana indicada arriba corresponde a esta versión.

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